![]() |
|
|
Buscar por Región
|
Darfur: El Fiscal de la CPI solicitó a los Jueces de la CPI emitir una constatación por incumplimiento para el Gobierno de Sudán
23 Abr 2010
Estimad@s amig@s:
El 19 de abril de 2010, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) solicitó a los Jueces de la CPI que emitieran una constatación por incumplimiento para el Gobierno de Sudán y una solicitud de cooperación en la ejecución de las órdenes de arresto contra Ahmad Harun y Ali Kushayb. Ésta es la primera vez que el Fiscal de la CPI les solicita a los Jueces emitir una constatación por incumplimiento. Esta solicitud será ahora examinada por la Sala de Cuestiones Preliminares I de la CPI. Para ver este documento visite: http://www.icc-cpi.int/iccdocs/doc/doc860985.pdf (en inglés) Este documento ha sido desarrollado por la CPI. La Coalición por la CPI lo distribuye como parte de su mandato de mantener informados a los miembros de las organizaciones y a las personas interesadas acerca de los avances relacionados con la CPI. El documento no refleja los puntos de vista de la CCPI o de sus miembros individuales. ANTECEDENTES: Los Estados Partes tienen la obligación de apoyar completamente y cooperar con la CPI. Cuando un Estado Parte se niega a dar curso a una solicitud de cooperación formulada por la Corte, el artículo 87.7 dispone que la CPI podrá remitir la cuestión al Consejo de Seguridad, dado que la situación de Sudán fue referida a la Corte por el Consejo de Seguridad. En cualquier otra situación que no haya sido referida al Consejo de Seguridad, la Corte podría remitir la cuestión a la Asamblea de Estados Partes. La investigación sobre la situación de Darfur, Sudán, fue oficialmente abierta por el Fiscal de la CPI el 6 de junio de 2005, luego de ser referida a la Corte por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a través de la Resolución 1593 del 31 de marzo de 2005. Desde entonces, se emitieron tres órdenes de arresto contra Ahmad Muhammad Harun, Ali Kushayb y Omar Hassan Ahmad al-Bashir y una orden de comparencia contra Bahr Idriss Abu Garda. Ninguna de las órdenes de arresto ha sido ejecutada ya que el gobierno sudanés ha desafiado abiertamente a la Corte y se ha negado de forma consistente a cooperar con la misma y con la comunidad internacional. Para obtener más información sobre la situación de Darfur, Sudán, visite la página de la Coalición en http://www.coalitionfortheicc.org/?mod=darfur&lang=es La política de la CCPI frente a la CPI se encuentra al final de este informe y establece que la CCPI no tomará posición alguna sobre situaciones actuales o potenciales de la Corte, ni sobre situaciones que estén siendo analizadas. De todos modos, la Coalición continuará proporcionando la información más actualizada sobre la CPI. Cordialmente, Secretariado de la CCPI http://www.coalitionfortheicc.org/ ************************************** Política de la CCPI sobre la remisión y enjuiciamiento de situaciones ante la CPI: La Coalición por la CPI no es un órgano de la corte. La CCPI es una ONG independiente dedicada a la implementación de la Corte Penal Internacional en tanto la considera una organización internacional justa, efectiva e independiente. La Coalición proporcionará la información más actualizada sobre la CPI y ayudará a coordinar acciones globales para implementar el Estatuto de Roma de la CPI de manera efectiva. La Coalición también se esforzará por responder interrogantes comunes y aumentar la difusión de los mecanismos y procedimientos de la CPI a medida que se desarrollen. Asimismo, la Coalición en su conjunto y su Secretariado no apoyarán ni promoverán investigaciones o enjuiciamientos específicos, ni asumirán una posición sobre situaciones presentadas ante la CPI. Sin embargo, durante el desempeño de sus actividades, los miembros individuales de la CCPI pueden apoyar remisiones, proveer asistencia legal y de otro tipo en investigaciones o celebrar convenios con organizaciones locales, entre otras posibles situaciones. Las comunicaciones dirigidas a la CPI pueden enviarse a: CPI Casilla de correo 19519 La Haya 2500 CM Países Bajos |
|
|