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RDC/Lubanga: La Cámara de Apelaciones otorga efecto suspensivo a la apelación contra la decisión de liberar a Thomas Lubanga
27 Jul 2010
Estimad@s amig@s:

A continuación encontrarán el último comunicado de prensa de la Corte Penal Internacional (CPI) para el caso de El Fiscal vs. Thomas Lubanga Dyilo sobre la decisión de la Cámara de Apelaciones de la CPI para otorgar efecto suspensivo a la apelación en contra de la decisión sobre la liberación Thomas Lubanga Dyilo. La Cámara de Apelaciones explicó que la implementación inmediata de la liberación de Thomas Lubanga podría hacer que la reanudación del juicio se vuelva imposible. El acusado permanecerá bajo la custodia de la CPI hasta que se tome una decisión final sobre la apelación.

La política de la CCPI frente a la CPI se encuentra al final de este informe y establece que la CCPI no tomará posición alguna sobre situaciones actuales o potenciales de la Corte, ni sobre situaciones que estén siendo analizadas. De todos modos, la Coalición continuará proporcionando la información más actualizada sobre la CPI.

Cordialmente,

Secretariado de la CCPI

http://www.coalitionfortheicc.org

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I. COMUNICADO DE PRENSA DE LA CPI Y DECISIÓN

[Estos documentos han sido desarrollados por la CPI. La Coalición por la CPI los distribuye como parte de su mandato de mantener informados a los miembros de las organizaciones y a las personas interesadas acerca de los avances relacionados con la CPI. Estos documentos no reflejan los puntos de vista de la CCPI o de sus miembros individuales. La traducción no es oficial y es provista por el Secretariado de la CCPI]

i. "La Cámara de Apelaciones otorga efecto suspensivo a la apelación en contra de la decisión sobre la liberación de Thomas Lubanga" (The Appeals Chamber gives suspensive effect to the appeal against the decision on the release of Thomas Lubanga), Comunicado de prensa de la CPI, ICC-CPI-20100723-PR564, 23 julio 2010, http://www.icc-cpi.int/NR/exeres/100143A4-12B2-473C-A228-50509C2CE9D3.htm (en inglés)

"Hoy, la Cámara de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) concedió efecto suspensivo a la apelación del Fiscal en contra de la decisión oral de la Sala de Primera Instancia I del 15 julio 2010 para liberar a Thomas Lubanga Dyilo. Por lo tanto, el acusado seguirá bajo la custodia de la CPI hasta que se tome una decisión final sobre la apelación.

La Sala de Primera Instancia I había ordenado la liberación del acusado después de su decisión del 8 de julio de 2010, imponiendo una suspensión incondicional de los procedimientos para el caso de El Fiscal vs. Thomas Lubanga Dyilo. Según la Sala de Primera Instancia I, un acusado no puede permanecer en custodia preventiva sobre una base especulativa, es decir, que en algún momento los procesos puedan ser potencialmente retomados. El 16 de julio, el Fiscal presentó una apelación en contra de esta decisión oral y presentó una solicitud urgente para otorgar efecto suspensivo a la apelación.

La Cámara de Apelaciones determinó que, en el caso de que más adelante la Cámara de Apelaciones falle a favor de las apelaciones del Fiscal en contra de la decisión de suspender los procedimientos y de la decisión oral de liberar al acusado, la implementación inmediata de la orden para liberar al Sr. Lubanga Dyilo podría hacer imposible la reanudación del juicio. En estas circunstancias, su liberación podría ir en contra del objetivo de estas apelaciones. Por esto, la Cámara de Apelaciones suspendió la implementación de la liberación del Sr. Lubanga Dyilo hasta la determinación de esta apelación.

Thomas Lubanga Dyilo está acusado, como coperpetrador, de cometer el crimen de guerra de enrolar y reclutar niños menores de quince años en las Fuerzas Patrióticas de Liberación del Congo (Forces patriotiques pour la libération du Congo), (FPLC), y utilizarlos para participar activamente en los enfrentamientos en Ituri, un distrito de la provincia oriental de la República Democrática del Congo (RDC), entre septiembre de 2002 hasta agosto de 2003.

La situación fue remitida a la Corte por el gobierno de la República Democrática del Congo (RDC) en abril de 2004. El Fiscal vs. Thomas Lubanga Dyilo es uno de los casos que surgieron de la situación de la República Democrática del Congo, los otros casos son El Fiscal vs. Germain Katanga y Mathieu Ngudjolo Chui y El Fiscal vs. Bosco Ntaganda. Bosco Ntaganda aún permanece prófugo. Las investigaciones en la RDC continúan."

ii. "Decisión sobre el pedido del Fiscal para otorgar efecto suspensivo a la apelación en contra de la decisión oral de la Sala de Primera Instancia I para liberar al Sr. Thomas Lubanga Dyilo" (Decision on the Prosecutor's request to give suspensive effect to the appeal against Trial Chamber I's oral decision to release Mr Thomas Lubanga Dyilo), Cámara de Apelaciones de la CPI, ICC-01/04-01/06-2536, 23 de julio de 2010, http://www.icc-cpi.int/Menus/Go?id=d1bdc455-d2b6-49d6-9e3e-cddd3dc3a22d&lan=en-GB (en inglés)

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Política de la CCPI sobre la remisión y enjuiciamiento de situaciones ante la CPI:

La Coalición por la CPI no es un órgano de la corte. La CCPI es una ONG independiente dedicada a la implementación de la Corte Penal Internacional en tanto la considera una organización internacional justa, efectiva e independiente.
La Coalición proporcionará la información más actualizada sobre la CPI y ayudará a coordinar acciones globales para implementar el Estatuto de Roma de la CPI de manera efectiva. La Coalición también se esforzará por responder interrogantes comunes y aumentar la difusión de los mecanismos y procedimientos de la CPI a medida que se desarrollen. Asimismo, la Coalición en su conjunto y su Secretariado no apoyarán ni promoverán investigaciones o enjuiciamientos específicos, ni asumirán una posición sobre situaciones presentadas ante la CPI.
Sin embargo, durante el desempeño de sus actividades, los miembros individuales de la CCPI pueden apoyar remisiones, proveer asistencia legal y de otro tipo en investigaciones o celebrar convenios con organizaciones locales, entre otras posibles situaciones.

Las comunicaciones dirigidas a la CPI pueden enviarse a:

CPI
Casilla de correo 19519
La Haya 2500 CM
Países Bajos