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La Cámara de Apelaciones presentará sus fallos para el caso de Lubanga
01 Oct 2010
Estimad@s amig@s:
A continuación, encontrarán el último comunicado de prensa de la Corte Penal Internacional (CPI) en donde se anuncia que el 8 de octubre de 2010 la Sala de Primera Instancia de la CPI presentará su decisión sobre la suspensión del juicio de Lubanga. Este documento ha sido desarrollado por la CPI. La Coalición por la CPI lo distribuye como parte de su mandato de mantener informados a los miembros de las organizaciones y a las personas interesadas acerca de los avances relacionados con la CPI. El documento no refleja los puntos de vista de la CCPI o de sus miembros individuales. La política de la CCPI frente a la CPI se encuentra al final de este informe y establece que la CCPI no tomará posición alguna sobre situaciones actuales o potenciales de la Corte, ni sobre situaciones que estén siendo analizadas. De todos modos, la Coalición continuará proporcionando la información más actualizada sobre la CPI. Cordialmente, Secretariado de la CCPI http://www.coalitionfortheicc.org ----------------------------------------------------------- COMUNICADO DE PRENSA DE LA CPI i. "La Cámara de Apelaciones presentará sus fallos para el caso de Lubanga el viernes 8 de octubre", Comunicado de prensa de la CPI, ICC-CPI-20101001-MA73, 1º de octubre de 2010, http://www.icc-cpi.int/menus/icc/press and media/press releases/ma73?lan=e n-GB (en inglés) [La traducción no es oficial y es provista por el Secretariado de la CCPI] De acuerdo con lo programado, el viernes 8 de octubre de 2010 la Cámara de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) dará su fallo acerca de la apelación del Fiscal en contra de la decisión de la Sala de Primera Instancia I de detener los procedimientos para el caso de El Fiscal vs. Thomas Lubanga Dyilo y liberar al acusado. Los fallos serán emitidos en una audiencia pública que comenzará a las 2:30 p.m. (horario local de La Haya). La sesión será transmitida en vivo a través del sitio Web de la CPI: Sala I (Inglés): http://livestream.xs4all.nl/icc1.asx Sala I (Francés): http://livestream.xs4all.nl/icc2.asx El 8 de julio de 2010, la Sala de Primera Instancia I de la CPI ordenó detener los procedimientos del caso en contra de Thomas Lubanga Dyilo por considerar que no era posible ofrecer un juicio justo al acusado debido a que la Fiscalía no fue capaz de implementar las órdenes de la Sala. Los jueces habían ordenado a la Fiscalía revelar confidencialmente a la Defensa los nombres y cualquier otra información de identificación del intermediario 143. Luego de la decisión de detener los procedimientos, el 15 de julio la Sala de Primera Instancia I ordenó la liberación del acusado. De acuerdo con los jueces, un acusado no puede permanecer en custodia preventiva sobre bases especulativas, es decir, sobre le premisa de que los procedimientos podrían ser reiniciados en algún momento más adelante. El Fiscal de la CPI presentó dos apelaciones en contra de estas decisiones. El 23 de julio, la Cámara de Apelaciones dio efecto suspensivo a la apelación del Fiscal en contra de la decisión de liberar al acusado." ------------------------------------------------------- Política de la CCPI sobre la remisión y enjuiciamiento de situaciones ante la CPI: La Coalición por la CPI no es un órgano de la corte. La CCPI es una ONG independiente dedicada a la implementación de la Corte Penal Internacional en tanto la considera una organización internacional justa, efectiva e independiente. La Coalición proporcionará la información más actualizada sobre la CPI y ayudará a coordinar acciones globales para implementar el Estatuto de Roma de la CPI de manera efectiva. La Coalición también se esforzará por responder interrogantes comunes y aumentar la difusión de los mecanismos y procedimientos de la CPI a medida que se desarrollen. Asimismo, la Coalición en su conjunto y su Secretariado no apoyarán ni promoverán investigaciones o enjuiciamientos específicos, ni asumirán una posición sobre situaciones presentadas ante la CPI. Sin embargo, durante el desempeño de sus actividades, los miembros individuales de la CCPI pueden apoyar remisiones, proveer asistencia legal y de otro tipo en investigaciones o celebrar convenios con organizaciones locales, entre otras posibles situaciones. Las comunicaciones dirigidas a la CPI pueden enviarse a: CPI Casilla de correo 19519 La Haya 2500 CM Países Bajos |
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