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RDC: Suspensión del juicio y liberación de Lubanga - Comunicados de prensa de la CPI y noticias relacionadas
08 Jul 2010
Estimad@s amig@s:

A continuación encontrarán los últimos comunicados de prensa de la Corte Penal
Internacional (CPI) para el caso de El Fiscal vs. Thomas Lubanga Dyilo (I) y
artículos de prensa y opinión relacionados (II).

La política de la CCPI frente a la CPI se encuentra al final de este informe y
establece que la CCPI no tomará posición alguna sobre situaciones actuales o
potenciales de la Corte, ni sobre situaciones que estén siendo analizadas. De
todos modos, la Coalición continuará proporcionando la información más
actualizada sobre la CPI.

Cordialmente,

Secretariado de la CCPI

http://www.coalitionfortheicc.org

************************************

I. JUICIO DE LUBANGA - COMUNICADOS DE PRENSA DE LA CPI

Estos documentos han sido desarrollados por la CPI. La Coalición por la CPI los
distribuye como parte de su mandato de mantener informados a los miembros de las
organizaciones y a las personas interesadas acerca de los avances de la CPI.
Estos documentos no reflejan los puntos de vista de la CCPI o de sus miembros
individuales. Las traducciones no son oficiales y son provistas por el
Secretariado de la CCPI.

i. "La Sala de Primera Instancia I ordenó la suspensión de los procedimientos en
el juicio de Thomas Lubanga Dyilo" (Trial Chamber I orders stay of proceedings
in the trial of Thomas Lubanga Dyilo), Comunicado de prensa de la CPI,
ICC-CPI-20100708-PR555, 8 de julio de 2010,
http://www.icc-cpi.int/NR/exeres/3568E398-B9F2-45F2-9E32-C4A4AECBC984.htm (en
inglés)

"Hoy, el 8 de julio de 2010, la Sala de Primera Instancia I de la Corte Penal
Internacional (CPI) ordenó la suspensión de los procedimientos para el caso de
El Fiscal vs. Thomas Lubanga Dyilo dado que se vio interrumpida la posibilidad
de llevar adelante un juicio justo en tanto la Fiscalía no implemente las
órdenes de la Sala. La Sala le había ordenado a la Fiscalía revelar
confidencialmente a la Defensa la identidad del intermediario 143.

La Sala de Primera Instancia I consideró que "para que la Sala pueda asegurar
que el acusado reciba un juicio justo, es necesario que se respeten sus órdenes,
decisiones y fallos a menos o hasta que sean impugnados o suspendidos por orden
de la Corte".

Mientras la suspensión de los procedimientos permanece vigente, la Sala lidiará
con cualquier solicitud de permiso para apelar esta decisión. La Sala también
recibirá presentaciones sobre la posible aplicación del artículo 71 del Estatuto
de Roma (sanciones por conductas inapropiadas ante la Corte) y presentaciones
sobre la detención del acusado.

Thomas Lubanga Dyilo está acusado, como coperpetrador, de cometer el crimen de
guerra de enrolar y reclutar niños menores de quince años en las Fuerzas
Patrióticas de Liberación del Congo (Forces patriotiques pour la libération du
Congo), (FPLC), y utilizarlos para participar activamente en los enfrentamientos
en Ituri, un distrito de la provincia oriental de la República Democrática del
Congo (RDC), entre septiembre de 2002 hasta agosto de 2003.

La Corte Penal Internacional es la única corte internacional y permanente con la
misión de luchar contra la impunidad por los más serios crímenes que preocupan a
toda la comunidad internacional, a saber, genocidio, crímenes de lesa humanidad
y crímenes de guerra, y ayudar a prevenirlos."

ii. "Decisión editada sobre el pedido urgente de la Fiscalía para modificar el
límite de tiempo para revelar la identidad del intermediario 143 o bien para
suspender los procedimientos hasta que se realicen más consultas con la UVT"
(Redacted Decision on the Prosecution's Urgent Request for Variation of the
Time-Limit to Disclose the Identity of Intermediary 143 or Alternatively to Stay
Proceedings Pending Further Consultations with the VWU), Sala de Primera
Instancia I, ICC-01/04-01/06-2517-RED, 8 de julio 2010,
http://www.icc-cpi.int/Menus/Go?id=ea56c6f5-15da-4989-93a2-ed655142e7cd&lan=en-G
B
(en inglés)

iii. "La Sala de Primera Instancia I ordena la liberación de Thomas Lubanga
Dyilo - aún queda pendiente la implementación de la decisión" (Trial Chamber I
orders the release of Thomas Lubanga Dyilo - implementation of the decision is
pending", ICC-CPI- 20100715-PR559, 15 de julio de 2010
http://www.icc-cpi.int/menus/icc/situations and cases/situations/situation%2

0icc 0104/related cases/icc 0104 0106/press releases/trial chamber%2

0i ordered the release of thomas lubanga dyilo _ implementatio

n of the decision is pend?lan=en-GB
(en inglés)

"Luego de su decisión del 8 de julio de 2010 imponiendo una suspensión
incondicional de los procedimientos en el caso de El Fiscal vs. Thomas Lubanga
Dyilo, hoy la Sala de Primera Instancia I de la Corte Penal Internacional (CPI)
ordenó la liberación del acusado. De acuerdo con los jueces, un acusado no puede
permanecer en custodia preventiva sobre una base especulativa, esto es, que en
alguna etapa futura los procedimientos puedan ser retomados.

Sin embargo, esta orden no será implementada con efecto inmediato. 'Esta orden
no podrá ser ejecutada hasta que haya expirado el límite de cinco días para
realizar una apelación', declaró el Juez Adrian Fulford en una audiencia hoy.
'Si se presenta una apelación en contra de la orden de liberación dentro del
límite de tiempo de cinco días y si se realiza un pedido para suspender su
efecto, el acusado deberá permanecer detenido hasta que la Cámara de Apelaciones
haya resuelto si la orden debe ser suspendida', agregó el Juez Fulford. La Sala
también dejó claro que la orden de liberación sólo podrá tener efecto luego de
que se realicen los acuerdos correspondientes para la transferencia del acusado
a un Estado que tenga la obligación de recibirlo.

En su decisión oral, la Sala de Primera Instancia I también aceptó el pedido de
permiso del Fiscal para apelar la decisión sobre la suspensión de los
procedimientos. Además, la Sala decidió suspender cualquier acción en relación
con el artículo 71 del Estatuto sobre conductas inapropiadas ante la Corte hasta
que la Cámara de Apelaciones emita un juicio sobre esta apelación. 'El Fiscal ha
fallado a la hora de implementar dos órdenes de la Sala del 7 de julio de 2010.
Por las razones establecidas en la decisión sobre la suspensión, esto constituye
una negación deliberada y, a nuestro criterio, completamente injustificada a
cumplir con las órdenes de la Corte', explicó el Juez Fulford. Sin embargo, 'Es
justo esperar el resultado de la apelación para emitir sanciones', concluyó.

El 8 de julio de 2010, la Sala de Primera Instancia I de la CPI ordenó la
suspensión de los procedimientos dado que se vio interrumpida la posibilidad de
llevar adelante un juicio justo en tanto la Fiscalía no implemente las órdenes
de la Sala. La Sala le había ordenado a la Fiscalía revelar confidencialmente a
la Defensa la identidad del intermediario 143.

Thomas Lubanga Dyilo está acusado, como coperpetrador, de cometer el crimen de
guerra de enrolar y reclutar niños menores de quince años y utilizarlos para
participar activamente en los enfrentamientos entre septiembre de 2002 y agosto
de 2003.

La situación fue referida a la Corte por el gobierno de la República Democrática
del Congo (RDC) en abril de 2004. El Fiscal vs. Thomas Lubanga Dyilo es uno de
los casos que surgieron de la situación de la RDC; los otros casos son El Fiscal
vs. Germain Katanga y Mathieu Ngudjolo Chui y El Fiscal vs. Bosco Ntaganda.
Bosco Ntaganda aún está libre. Las investigaciones en la RDC aún continúan.

II. ARTÍCULOS RELACIONADOS

i. "Suspenden juicio de ex jefe rebelde de República Democrática del Congo", por
Erasmo Tauran, rafio biobio, 8 de julio de 2010,
http://www.radiobiobio.cl/2010/07/08/suspenden-juicio-de-ex-jefe-rebelde-de-repu
blica-democratica-del-congo/


"'El fiscal eligió actuar unilateralmente', afirmaron los jueces en su dictamen.
'En estas circunstancias es necesario suspender el juicio que es un
procedimiento abusivo', alegan.
'Durante todo el tiempo que perduren estas circunstancias, el acusado no puede
ser juzgado de forma equitativa y no se puede hacer justicia', recalcan.
El fiscal rechazó comunicar a la defensa el nombre de un intermediario al que
había encomendado la búsqueda de testigos de los crímenes de guerra que se le
atribuyen a Thomas Lubanga, de 49 años.
Según la defensa del ex jefe miliciano, se 'fabricaron' falsos testimonios con
la ayuda de intermediarios y la colaboración de la oficina del fiscal.
Todos los testigos presentados por la acusación como niños soldado mintieron en
la presentación de los cargos contra el acusado, según la defensa..."

ii. "CPI suspende juicio de ex jefe miliciano de República Democrática del
Congo", terra - AFP, 8 de julio de 2010,
http://www.terra.com.mx/noticias/articulo/922845/CPI+suspende+juicio+de+ex+jefe+
miliciano+de+Republica+Democratica+del+Congo.htm?ref=1


"Los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI) suspendieron el jueves el
juicio del ex jefe de milicias de la República Democrática del Congo (RDC)
Thomas Lubanga porque dicen que el fiscal se negó a aplicar sus decisiones...
El juicio de Lubanga, el primero de la CPI, se abrió el 26 de enero de 2009.
Está acusado de crímenes de guerra por el reclutamiento de menores de 15 años
durante la guerra civil de Ituri (este de la RDC) entre septiembre de 2002 y
agosto de 2003.
También está acusado de haber obligado a combatir a esos niños en el ala militar
de su milicia. Lubanga se declara no culpable de los hechos que se le imputan."

iii. "El TPI ordena la liberación del ex líder miliciano congoleño Thomas
Lubanga, acusado de crímenes de guerra", Europa press, 15 de julio de 2010,
http://www.europapress.es/internacional/noticia-rdcongo-tpi-ordena-liberacion-ex
-lider-miliciano-congoleno-thomas-lubanga-acusado-crimenes-guerra-20100715192738
.html


"El Tribunal Penal Internacional (TPI) ordenó este jueves la liberación del ex
líder miliciano congoleño Thomas Lubanga, acusado de haber cometido crímenes de
guerra en República Democrática del Congo (RDC), porque, según los jueces, 'no
se puede mantener a un acusado en prisión preventiva sobre la base de una
especulación, a saber, que en el futuro se puedan reanudar las diligencias'.
El pasado 8 de julio, el TPI suspendió el proceso contra Lubanga porque que la
Fiscalía, desobedeciendo las órdenes del tribunal, se había negado a facilitar
información al equipo de defensa de Lubanga, por lo que ya no era posible llevar
a cabo un 'juicio justo'. La revelación de ciertos documentos de los que dispone
la Fiscalía ha sido una cuestión polémica en este proceso, y han surgido
disputas por unas pruebas que retrasaron el comienzo del juicio.
El tribunal de La Haya señaló en un comunicado que la orden de poner en libertad
a Lubanga no se va a cumplir con efecto inmediato porque, según dijo este jueves
el juez Adrian Fulford en una vista, hay un plazo de cinco días para recurrir la
decisión de la Cámara I y, por lo tanto, si se presenta una apelación habrá que
esperar a saber qué decide el tribunal.
En caso contrario, el acusado será liberado cuando finalice ese plazo, aunque
para que la orden se pueda llevar se deberá haber alcanzado un acuerdo para
trasladar a Lubanga a un país que se comprometa a recibirlo...
Este ex guerrillero se ha declarado no culpable y se describe como un político
en lugar de como un señor de la guerra. La defensa asegura que los niños que
comparecieron en el juicio en calidad de testigos se inventaron sus testimonios.
Por otro lado, en su decisión oral, la Cámara I aceptó la solicitud que presentó
este mismo jueves el fiscal para apelar la decisión de suspender el proceso
contra Lubanga. Además, decidió suspender cualquier acción comprendida en el
Artículo 71 del Estatuto --relativo a la mala conducta ante el tribunal-- hasta
que la Cámara de Apelaciones pronuncie su veredicto sobre este recurso.
'El fiscal no ha implementado dos de las órdenes de la Cámara, las del 7 de
julio de 2010. Por las razones detalladas en la decisión que impone la
suspensión (del proceso), esto constituye una negativa deliberada y, a nuestro
juicio, totalmente injustificada, a obedecer las indicaciones del tribunal',
manifestó el juez Fulford. Sin embargo, continuó, 'es justo que la cuestión de
las sanciones espere al resultado de la apelación'.
Los magistrados habían ordenado a la Fiscalía que revelase a la defensa de forma
confidencial los nombres y otros datos de identificación necesarios del
'intermediario 143', que ha trabajado para los investigadores del TPI en la RDC
buscando a personas que pudiesen testificar contra Lubanga. Los fiscales se
negaron a revelar la identidad de esta persona mientras no se le garantizase su
seguridad porque consideraban que de esa manera estarían poniendo su vida en
peligro."

iv. "La CPI tropieza en la primera piedra", por Isabel Ferrer, El País, 17 de
julio de 2010
http://www.elpais.com/articulo/internacional/CPI/tropieza/primera/piedra/elpepui
nt/20100717elpepiint_8/Tes


"Debería haber sido ser el caso que marcara un punto de inflexión en la
aplicación de la justicia internacional, por convertir el uso de niños soldado
en un crimen de guerra. Sin embargo, los problemas del proceso seguido en la
Corte Penal Internacional (CPI) contra Thomas Lubanga, ex líder rebelde
congoleño de la etnia hema (pastores) acusado de lanzar a la batalla contra sus
rivales lendu (agricultores) a menores de 15 años, pueden dar al traste con un
esfuerzo de décadas. El que fuera presentado por la Fiscalía como responsable de
robarle la infancia a sus propios compatriotas está a un paso de salir libre por
un problema de procedimiento nada desdeñable.
Si el fiscal jefe, Luis Moreno Ocampo, no desvela ante los jueces la identidad
de un testigo protegido, Lubanga tiene los días contados en su celda de La Haya,
sede de la Corte. Mientras se ultima un recurso para impedirlo, el acusado
calla. Sus señorías, por el contrario, se han mostrado implacables. Liberarán al
reo si consideran que no pueden garantizarle un juicio justo...
Y eso es lo que parece estar embarrando el caso contra Lubanga, antiguo líder de
la Unión de Patriotas Congoleños. En 2009, nada más abrirse el caso, los jueces
ya advirtieron a la Fiscalía que tendrían que decretar la libertad del reo, 'si
no presentaban unos documentos con información posiblemente exculpatoria'. El
problema se solucionó. Lo de ahora es más delicado aún. La integridad del
testigo anónimo, que Moreno Ocampo invoca como obligación suprema, no puede
ponerle en situación de desacato a la Corte. Por eso su equipo prepara la
demanda contra la puesta en libertad del acusado. Un feo embrollo, cuando todo
había empezado con expectación. El fiscal acusó a Lubanga de haber usado niños
como escudos humanos. Como cocineros, portadores, espías, asesinos, o bien
esclavos sexuales. Él dice que es un político y no un soldado. Sus letrados, que
los niños soldado (Naciones Unidas cuenta hasta 30.000 entre 2002 y 2003) 'eran
un fenómeno aceptado por todas las partes en conflicto en Congo desde 1960'. El
plazo de interposición del recurso del fiscal es de cinco días."

v. "Fiscales de CPI apelan contra liberación líder milicia del Congo", Yahoo
noticias - Reuters, 16 de julio de 2010,
http://espanol.news.yahoo.com/s/reuters/100716/internacional/internacional_delit
o_lubanga


"Fiscales de la Corte Penal Internacional (CPI) apelaron el viernes contra una
orden para liberar a Thomas Lubanga, un líder de una milicia congoleña cuyo
juicio por crímenes de guerra fue suspendido por jueces del tribunal.
Los magistrados en el juicio por el caso de Lubanga ordenaron el jueves su
liberación, argumentando que no podía ser retenido por 'bases especulativas' sin
que hubiera una fecha para la reanudación del proceso judicial en su contra.
El fiscal jefe de la CPI, el argentino Luis Moreno Ocampo, dijo el viernes a
periodistas que su despacho había presentado una apelación y confiaba en
ganarla.
La discusión legal está centrada en la identidad de un intermediario, usado por
la fiscalía para ayudar a encontrar testigos. El juicio de Lubanga fue detenido
el 8 de julio, luego de que la fiscalía se rehusara a cumplir una orden para
entregar la identidad del intermediario a la defensa.
Los fiscales insistieron en que el intermediario necesitaba protección física
antes de que su identidad fuera revelada.
Sin embargo, el intermediario también es un potencial testigo de otro caso de
crímenes de guerra ocurrido en el Congo, el de Germain Katanga, y la corte
involucrada en ese proceso ordenó que se brindara protección al testigo.
Moreno Ocampo dijo que la orden de protección en el caso de Katanga eliminaba el
problema en el juicio de Lubanga y que ya no existía razón para que la identidad
del testigo no fuera revelada a la defensa, por lo cual el juicio debía seguir
adelante..."

vi. "El primer caso de la justicia global puede acabar en fiasco", por Beatriz
Navarro, La Vanguardia, 16 de julio de 2010,
http://www.lavanguardia.es/free/edicionimpresa/res/20100716/53964809656.html?url
back=http://www.lavanguardia.es/premium/edicionimpresa/20100716/53964809656.html


"¿Quién es el intermediario 143 que ayudó al fiscal del Tribunal Penal
Internacional, Luis Moreno Ocampo, a encontrar testigos de que Thomas Lubanga
reclutó niños soldados? ¿Les presionó o sobornó para testificar contra el ex
líder de las milicias congoleñas, como dicen otros? La Fiscalía se niega a
desvelar su identidad y a compartir con los jueces y abogados de la defensa unas
pruebas documentales que podrían exculparle pero que el Tribunal considera
indispensables para garantizar 'un juicio justo' a Lubanga. Incapaz de
asegurarlo, ayer ordenó liberarlo..."

vii. "La CPI ordena liberar a Lubanga y hace tambalear su primer proceso",
dw-world, 15 de julio 2010,
http://www.dw-world.de/dw/article/0,,5807390,00.html

"Los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI) ordenaron hoy la libertad
condicional del ex líder rebelde congoleño Thomas Lubanga, dejando así al borde
del fracaso el primer proceso llevado adelante por el tribunal...
Los jueces, sin embargo, explicaron que la fiscalía se negó a compartir
información con la defensa, como reclamaba el tribunal, con lo que se vulneró el
derecho de Lubanga a un juicio justo.
El fiscal jefe del tribunal, Luis Moreno Ocampo, estudiará ahora la posibilidad
de apelar la decisión.
Lubanga, que se encuentra en prisión preventiva desde marzo de 2006, rechazó
siempre los cargos..."

***********

Política de la CCPI sobre la remisión y enjuiciamiento de situaciones ante la
CPI:

La Coalición por la CPI no es un órgano de la corte. La CCPI es una ONG
independiente dedicada a la implementación de la Corte Penal Internacional en
tanto la considera una organización internacional justa, efectiva e
independiente.
La Coalición proporcionará la información más actualizada sobre la CPI y ayudará
a coordinar acciones globales para implementar el Estatuto de Roma de la CPI de
manera efectiva. La Coalición también se esforzará por responder interrogantes
comunes y aumentar la difusión de los mecanismos y procedimientos de la CPI a
medida que se desarrollen. Asimismo, la Coalición en su conjunto y su
Secretariado no apoyarán ni promoverán investigaciones o enjuiciamientos
específicos, ni asumirán una posición sobre situaciones presentadas ante la CPI.
Sin embargo, durante el desempeño de sus actividades, los miembros individuales
de la CCPI pueden apoyar remisiones, proveer asistencia legal y de otro tipo en
investigaciones o celebrar convenios con organizaciones locales, entre otras
posibles situaciones.

Las comunicaciones dirigidas a la CPI pueden enviarse a:

CPI
Casilla de correo 19519
La Haya 2500 CM
Países Bajos