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Libia: el Fiscal de la CPI informó al CSNU: Comunicados y documento
04 Mayo 2011
Estimad@s amig@s:

El 4 de mayo de 2011, el Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) Luis
Moreno-Ocampo informó al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU)
sobre los avances de su investigación sobre los recientes eventos de Libia. El
Fiscal anunció que en las próximas semanas su oficina presentará el primer
pedido de una orden de arresto en contra de tres individuos comprometidos en la
situación de Libia.

A continuación encontrarán los últimos documentos emitidos por la Fiscalía de la
CPI (I) y comunicados de prensa de la Coalición y HRW (II).

La política de la CCPI frente a la CPI se encuentra al final de este informe y
establece que la CCPI no tomará posición alguna sobre situaciones actuales o
potenciales de la Corte, ni sobre situaciones que estén siendo analizadas. De
todos modos, la Coalición continuará proporcionando la información más
actualizada sobre la CPI.

Cordialmente,

Secretariado de la CCPI

http://www.coalitionfortheicc.org

*****************************************

I. COMUNICADOS DE LA FISCALÍA DE LA CPI Y DOCUMENTOS RELACIONADOS

Nota: Estos documentos han sido desarrollados por la CPI. La Coalición por la
CPI los distribuye como parte de su mandato de mantener informados a los
miembros de las organizaciones y a las personas interesadas acerca de los
avances relacionados con la CPI. Estos documentos no reflejan los puntos de
vista de la CCPI o de sus miembros individuales.

1. "La Fiscalía pedirá una orden de arresto contra tres individuos en el primer
caso de Libia. Los jueces deberán decidir" [The Office of the Prosecutor will
request an arrest warrant against three individuals in the first Libya case.
Judges will decide], Comunicado de prensa de la CPI, 4 de mayo de 2011,
http://www.icc-cpi.int/NR/exeres/DCBD3E2C-C592-4FB8-B7CB-E18E67F692D1.htm
(en inglés)

2. "Primer informe del Fiscal de la Corte Penal Internacional al Consejo de
Seguridad de la ONU de acuerdo con la RCSNU 1970 (2011)" [First Report of the
Prosecutor of the International Criminal Court to the UN Security Council
pursuant to UNSCR 1970 (2011)], 4 de mayo de 2011,
http://212.159.242.181/NR/rdonlyres/A077E5F8-29B6-4A78-9EAB-A179A105738E/0/UNSCL
ibyaReportEng04052011.pdf

(en inglés)

3. "Declaración al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la
situación en la Jamahiriya Árabe Libia" [Statement to the United Nations
Security Council on the situation in the Libyan Arab Jamahiriya, pursuant to
UNSCR 1970 (2011)], Luis Moreno-Ocampo, Fiscal de la Corte Penal Internacional,
Nueva York, 4 de mayo de 2011,
http://212.159.242.181/NR/rdonlyres/0BDF4953-B5AB-42E0-AB21-25238F2C2323/0/OTPSt
atement04052011.pdf

(en inglés)

II. COMUNICADOS DE PRENSA DE LA CCPI Y MIEMBROS

1. "El Fiscal de la CPI informó al Consejo de Seguridad de la ONU sobre la
investigación de Libia", Comunicado de prensa de la CCPI, 4 de mayo de 2011,
http://www.coalitionfortheicc.org/documents/CICCMA_Libya_UNSC_OTPPresentation_4M
ay2011_FINALsp.pdf


"QUÉ: El 4 de mayo de 2011, el Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) Luis
Moreno-Ocampo informó al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU)
sobre los avances de su investigación sobre los recientes eventos de Libia. El
Fiscal anunció que en las próximas semanas su oficina presentará el primer
pedido de una orden de arresto en contra de tres individuos comprometidos en la
situación de Libia.

CÓMO: El Fiscal declaró que pronto presentará las órdenes de arresto a los
magistrados de la Sala de Cuestiones Preliminares I de la CPI. Estas estarán
dirigidas a los mayores responsables de los crímenes de lesa humanidad
presuntamente cometidos en el territorio de Libia a partir del 15 de febrero de
2011. También indicó que podrían abrirse más casos en relación con otros
crímenes cometidos en la situación de Libia.

El Fiscal dio información sobre los avances generales de su investigación.
Declaró que por cuestiones de practicidad, su investigación estuvo enfocada en
un número limitado de incidentes seleccionados según su gravedad y en los
mayores responsables de los más serios crímenes cometidos en Libia. También
brindó información sobre el número misiones que su oficina lleva a cabo, el tipo
de evidencia recolectada, la naturaleza de los incidentes y los tipos de los
presuntos crímenes.

PORQUÉ: El 26 de febrero de 2011, el Consejo de Seguridad de la ONU emitió la
Resolución 1970 (2011) a través de la cual remitió la situación de Libia a la
CPI. El 3 de marzo de 2011, el Fiscal inició una investigación formal sobre la
situación de Libia luego de examinar preliminarmente la información disponible.
Libia es la sexta situación investigada por la CPI - la primera y única corte
internacional permanente capaz de juzgar crímenes de guerra, crímenes de lesa
humanidad y genocidio.

PRÓXIMOS PASOS: El Fiscal presentará su caso a los magistrados de la Sala de
Cuestiones Preliminares I de la CPI, quienes decidirán, teniendo en cuenta la
evidencia presentada, si es preciso emitir órdenes de arresto. Por otro lado,
podrían abrirse más casos en relación con otros crímenes cometidos en Libia.
Dentro de seis meses, el Fiscal deberá informar al CSNU sobre los avances de su
investigación.

COMENTARIOS: "La Coalición apoya los esfuerzos de la CPI para llevar a los
culpables de los más terribles crímenes de Libia ante la justicia. La acción
decisiva de la comunidad internacional a través de una decisión histórica del
Consejo de Seguridad de la ONU expresada en la Res. 1970 y la remisión unánime
de la situación de Libia a la CPI, dejó en claro a todos los individuos de Libia
y de otras regiones involucrados en actividades similares que la impunidad no
será tolerada", expresó William R. Pace, Coordinador de la Coalición. "Queremos
pedirle a la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI que determine el caso lo
más rápido posible para poder emitir las órdenes de arresto contra los acusados
y a los Estados y a las organizaciones regionales e internacionales que ayuden a
la Corte en sus actuales investigaciones", agregó. "Es necesario que el CSNU
continúe asistiendo a la CPI en la implementación de su remisión".

ANTECEDENTES: En su resolución 1970 (2011), adoptada de forma unánime, el CSNU
consideró que los generalizados y sistemáticos ataques contra la población civil
que se están llevando a cabo actualmente en Libia podían ser considerados
crímenes de lesa humanidad y decidió remitir la situación al Fiscal de la CPI
para investigar los crímenes cometidos a partir del 15 de febrero de 2011. El
Fiscal de la CPI sólo puede investigar situaciones de Estados que no sean parte
a la CPI, como Libia, si el Consejo de Seguridad remite la situación al Fiscal
de acuerdo con el Artículo 15(b) del Estatuto de Roma o si el Estado no parte
presenta una declaración al Secretario de la CPI aceptando la jurisdicción de la
Corte en su territorio de acuerdo al Artículo 12(3) de Estatuto. Sin embargo, la
remisión del Consejo no inicia una investigación en la CPI de forma automática
ya que la Corte opera de manera independiente a la ONU. Depende del Fiscal de la
CPI analizar la seriedad de la información recibida y decidir si existen pruebas
suficientes como para proceder con una investigación. La decisión de iniciar una
investigación se realizó el 3 de marzo.

La CPI es la primera corte internacional permanente capaz de juzgar crímenes de
guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. Actualmente, existen 114 Estados
Parte a la CPI. El principio de complementariedad es central para el
cumplimiento del mandato de la Corte y sostiene que la Corte sólo podrá
intervenir si los sistemas legales nacionales no son capaces o no tienen la
intención de investigar y procesar. Hasta la fecha, la CPI ha abierto
investigaciones en seis situaciones: la República Centroafricana; Darfur, Sudán;
Uganda; la República Democrática del Congo, Kenya y Libia. Ha emitido
públicamente quince órdenes de arresto y nueve órdenes de comparencia. La
Fiscalía de la CPI ha expresado públicamente estar examinando al menos nueve
situaciones en cuatro continentes: Afganistán, Colombia, Chad, Côte d'Ivoire,
Georgia, Guinea, Palestina, Nigeria, Honduras y República de Corea.

La Coalición por la Corte Penal Internacional (CCPI) es una red global de la
sociedad civil presente en 150 países que aboga por una Corte Penal
Internacional justa, efectiva e independiente y por un mejor acceso a la
justicia para las víctimas de genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa
humanidad. Para obtener más información, visite: www.coalitionfortheicc.org.

Expertos de las ONGs de la Coalición están disponibles para realizar entrevistas
y brindar información. Solicite la lista de contactos a
[email protected]"

2. "Consejo de Seguridad: Apoyo a la investigación de la CPI sobre Libia: El
Fiscal informó al Consejo sobre Libia" [UN Security Council: Support ICC Probe
on Libya: Prosecutor to Brief Council on Libya], Human Rights Watch, Comunicado
de prensa, 3 de mayo de 2011,
http://www.hrw.org/en/news/2011/05/03/un-security-council-support-icc-probe-liby
a

(en inglés)

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Política de la CCPI sobre la remisión y enjuiciamiento de situaciones ante la
CPI:

La Coalición por la CPI no es un órgano de la corte. La CCPI es una ONG
independiente dedicada a la implementación de la Corte Penal Internacional en
tanto la considera una organización internacional justa, efectiva e
independiente.
La Coalición proporcionará la información más actualizada sobre la CPI y ayudará
a coordinar acciones globales para implementar el Estatuto de Roma de la CPI de
manera efectiva. La Coalición también se esforzará por responder interrogantes
comunes y aumentar la difusión de los mecanismos y procedimientos de la CPI a
medida que se desarrollen. Asimismo, la Coalición en su conjunto y su
Secretariado no apoyarán ni promoverán investigaciones o enjuiciamientos
específicos, ni asumirán una posición sobre situaciones presentadas ante la CPI.
Sin embargo, durante el desempeño de sus actividades, los miembros individuales
de la CCPI pueden apoyar remisiones, proveer asistencia legal y de otro tipo en
investigaciones o celebrar convenios con organizaciones locales, entre otras
posibles situaciones.

Las comunicaciones dirigidas a la CPI pueden enviarse a:

CPI
Casilla de correo 19519
La Haya 2500 CM
Países Bajos