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Reglamento de la Corte El Secretario de la CPI Bruno Cathala y la Presidencia, integrada por los Magistrados Philippe Kirsch, Akua Kuenyehia, y Elizabeth Odio Benito, desarrollaron y adoptaron varias reglas y regulaciones que gobiernan el funcionamiento de la Corte. Crédito: ICC-CPI. El 18 de diciembre de 2007 las enmiendas al reglamento de la Corte adoptadas por los magistrados entraron en vigor. Conforme al artículo 52 del Estatuto de Roma, las enmiendas al reglamento de la Corte por lo tanto fueron circuladas entre los Estados Partes para comentario y si, en el plazo de seis meses de la circulación, no hay objeciones de una mayoría de los Estados Partes, seguirá las enmiendas en vigor. Las siguientes reglas fueron agregadas: 19 bis (receso judicial), 23 bis (archivo de documentación remitida por ex partes, bajo lacrado o confidencial) y 24 bis (remisiones de la Secretaría) y las regulaciones siguientes fue enmendadas: 33 (cálculo de plazos), 36 (formato de documentos y cálculo de límites de página) y 107 (arreglos y acuerdos de cooperación). |
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